Francisco Plata Plata
Alcalde Del Ayuntamiento De Ogíjares · APPO
Cuánto gana Francisco Plata Plata: percibe 7381 € brutos al año (527 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de ogíjares en Ayuntamiento De Ogíjares.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Ogíjares
- Institución
- Ayuntamiento De Ogíjares
- Partido
- APPO
- Comunidad
- Andalucía
- Municipio
- Ogíjares
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 15.999 € menos al año que la media de alcaldes (32 %).
Sueldo y retribuciones de Francisco Plata Plata
Alcalde Del Ayuntamiento De Ogíjares
APPOInactivo| Salario bruto mensual | 527,22 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 7381,05 € |
| Dietas | 7381,05 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Ogíjares
APPOInactivo| Salario bruto mensual | 527,22 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 7381,05 € |
| Dietas | 7381,05 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Francisco Plata Plata?
Francisco Plata Plata percibe un sueldo bruto anual de 7381 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Ogíjares en Ayuntamiento De Ogíjares. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Francisco Plata Plata al mes?
Francisco Plata Plata percibe 527 € brutos al mes, equivalentes a 7381 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Francisco Plata Plata?
El sueldo bruto anual de Francisco Plata Plata (7381 €) equivale a 0,4 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Francisco Plata Plata?
Francisco Plata Plata está afiliado o vinculado a APPO.
¿Qué cargo tiene actualmente Francisco Plata Plata?
Francisco Plata Plata ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Ogíjares en Ayuntamiento De Ogíjares (Andalucía).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .