Gemma Zubiaurre Urkiri
Concejal · ELKARREKIN PODEMOS - IRABAZI
Cuánto gana Gemma Zubiaurre Urkiri: percibe 56.950 € brutos al año (4068 € al mes) en 2026 como concejal en Ayuntamiento De Vitoria-Gasteiz.
- Cargo
- Concejal
- Institución
- Ayuntamiento De Vitoria-Gasteiz
- Partido
- ELKARREKIN PODEMOS - IRABAZI
- Comunidad
- País Vasco
- Municipio
- Vitoria-Gasteiz
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los concejales en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 1913 € menos al año que la media de concejales (97 %).
Sueldo y retribuciones de Gemma Zubiaurre Urkiri
Concejal
ELKARREKIN PODEMOS - IRABAZI2019–2023| Salario bruto mensual | 4067,82 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 56.949,52 € |
Dedicación parcial al 75%
Concejal
ELKARREKIN PODEMOS - IRABAZI2019–2023| Salario bruto mensual | 4067,82 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 56.949,52 € |
Dedicación parcial al 75%
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¿Cuánto gana Gemma Zubiaurre Urkiri?
Gemma Zubiaurre Urkiri percibe un sueldo bruto anual de 56.950 € en 2026 como Concejal en Ayuntamiento De Vitoria-Gasteiz. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Gemma Zubiaurre Urkiri al mes?
Gemma Zubiaurre Urkiri percibe 4068 € brutos al mes, equivalentes a 56.950 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Gemma Zubiaurre Urkiri?
El sueldo bruto anual de Gemma Zubiaurre Urkiri (56.950 €) equivale a 3,3 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Gemma Zubiaurre Urkiri?
Gemma Zubiaurre Urkiri está afiliado o vinculado a ELKARREKIN PODEMOS - IRABAZI.
¿Qué cargo tiene actualmente Gemma Zubiaurre Urkiri?
Gemma Zubiaurre Urkiri ocupa actualmente el cargo de Concejal en Ayuntamiento De Vitoria-Gasteiz (País Vasco).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .