Gerónimo Bermúdez Lara
Alcalde Del Ayuntamiento De Tormos · Partido Popular
Cuánto gana Gerónimo Bermúdez Lara: percibe 25.555 € brutos al año (1825 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de tormos en Ayuntamiento De Tormos.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Tormos
- Institución
- Ayuntamiento De Tormos
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Comunidad Valenciana
- Municipio
- Tormos
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 2175 € más al año que la media de alcaldes (109 %).
Sueldo y retribuciones de Gerónimo Bermúdez Lara
Alcalde Del Ayuntamiento De Tormos
PPEn activo| Salario bruto mensual | 1825,36 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 25.555,08 € |
Retribución percibida por el regidor en 2024, según la información indicada por el Ayuntamiento en el ISPA 2025. Dedicación parcial.
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¿Cuánto gana Gerónimo Bermúdez Lara?
Gerónimo Bermúdez Lara percibe un sueldo bruto anual de 25.555 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Tormos en Ayuntamiento De Tormos. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Gerónimo Bermúdez Lara al mes?
Gerónimo Bermúdez Lara percibe 1825 € brutos al mes, equivalentes a 25.555 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Gerónimo Bermúdez Lara?
El sueldo bruto anual de Gerónimo Bermúdez Lara (25.555 €) equivale a 1,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Gerónimo Bermúdez Lara?
Gerónimo Bermúdez Lara está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Gerónimo Bermúdez Lara?
Gerónimo Bermúdez Lara ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Tormos en Ayuntamiento De Tormos (Comunidad Valenciana).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .