Gorka Urtaran Aguirre
Alcalde Del Ayuntamiento De Vitoria-Gasteiz · PNV
Cuánto gana Gorka Urtaran Aguirre: percibe 91.323 € brutos al año (6523 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de vitoria-gasteiz.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Vitoria-Gasteiz
- Partido
- PNV
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 67.943 € más al año que la media de alcaldes (391 %).
Sueldo y retribuciones de Gorka Urtaran Aguirre
Alcalde Del Ayuntamiento De Vitoria-Gasteiz
EAJ-PNV2019–2023| Salario bruto mensual | 6523,10 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 91.323,33 € |
Alcalde Del Ayuntamiento De Vitoria-Gasteiz
EAJ-PNV2019–2023| Salario bruto mensual | 6523,10 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 91.323,33 € |
Alcalde Del Ayuntamiento De Vitoria-Gasteiz
EAJ-PNVHasta 2019| Salario bruto mensual | 6140,66 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 85.969,26 € |
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¿Cuánto gana Gorka Urtaran Aguirre?
Gorka Urtaran Aguirre percibe un sueldo bruto anual de 91.323 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Vitoria-Gasteiz. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Gorka Urtaran Aguirre al mes?
Gorka Urtaran Aguirre percibe 6523 € brutos al mes, equivalentes a 91.323 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Gorka Urtaran Aguirre?
El sueldo bruto anual de Gorka Urtaran Aguirre (91.323 €) equivale a 5,3 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Gorka Urtaran Aguirre?
Gorka Urtaran Aguirre está afiliado o vinculado a PNV.
¿Qué cargo tiene actualmente Gorka Urtaran Aguirre?
Gorka Urtaran Aguirre ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Vitoria-Gasteiz.
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .