Gregorio Pascual Martin
Alcalde Del Ayuntamiento De Vezdemarbán · PSOE
Cuánto gana Gregorio Pascual Martin: percibe 250 € brutos al año (21 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de vezdemarbán en Ayuntamiento De Vezdemarbán.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Vezdemarbán
- Institución
- Ayuntamiento De Vezdemarbán
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Castilla y León
- Municipio
- Vezdemarbán
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 23.130 € menos al año que la media de alcaldes (1 %).
Sueldo y retribuciones de Gregorio Pascual Martin
Alcalde Del Ayuntamiento De Vezdemarbán
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 20,83 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 250,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Vezdemarbán
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 20,83 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 250,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Gregorio Pascual Martin?
Gregorio Pascual Martin percibe un sueldo bruto anual de 250 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Vezdemarbán en Ayuntamiento De Vezdemarbán. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Gregorio Pascual Martin al mes?
Gregorio Pascual Martin percibe 21 € brutos al mes, equivalentes a 250 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Gregorio Pascual Martin?
El sueldo bruto anual de Gregorio Pascual Martin (250 €) equivale a 0,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Gregorio Pascual Martin?
Gregorio Pascual Martin está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Gregorio Pascual Martin?
Gregorio Pascual Martin ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Vezdemarbán en Ayuntamiento De Vezdemarbán (Castilla y León).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .