Héctor Ortega Otero
Alcalde Del Ayuntamiento De Villa Del Prado · PSOE
Cuánto gana Héctor Ortega Otero: percibe 38.000 € brutos al año (3167 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de villa del prado en Ayuntamiento De Villa Del Prado.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Villa Del Prado
- Institución
- Ayuntamiento De Villa Del Prado
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Comunidad de Madrid
- Municipio
- Villa Del Prado
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 14.620 € más al año que la media de alcaldes (163 %).
Sueldo y retribuciones de Héctor Ortega Otero
Alcalde Del Ayuntamiento De Villa Del Prado
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 3166,67 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 38.000,00 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Villa Del Prado
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 3166,67 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 38.000,00 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Héctor Ortega Otero?
Héctor Ortega Otero percibe un sueldo bruto anual de 38.000 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Villa Del Prado en Ayuntamiento De Villa Del Prado. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Héctor Ortega Otero al mes?
Héctor Ortega Otero percibe 3167 € brutos al mes, equivalentes a 38.000 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Héctor Ortega Otero?
El sueldo bruto anual de Héctor Ortega Otero (38.000 €) equivale a 2,2 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Héctor Ortega Otero?
Héctor Ortega Otero está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Héctor Ortega Otero?
Héctor Ortega Otero ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Villa Del Prado en Ayuntamiento De Villa Del Prado (Comunidad de Madrid).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .