Idoia Buruaga Barcena
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Elorrio · EH Bildu
Cuánto gana Idoia Buruaga Barcena: percibe 32.186 € brutos al año (2682 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de elorrio en Ayuntamiento De Elorrio.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Elorrio
- Institución
- Ayuntamiento De Elorrio
- Partido
- EH Bildu
- Comunidad
- País Vasco
- Municipio
- Elorrio
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 8806 € más al año que la media de alcaldes (138 %).
Sueldo y retribuciones de Idoia Buruaga Barcena
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Elorrio
EH Bildu2019–2023| Salario bruto mensual | 2682,17 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 32.186,00 € |
Dedicación Parcial
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Elorrio
EH Bildu2019–2023| Salario bruto mensual | 2682,17 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 32.186,00 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Idoia Buruaga Barcena?
Idoia Buruaga Barcena percibe un sueldo bruto anual de 32.186 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Elorrio en Ayuntamiento De Elorrio. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Idoia Buruaga Barcena al mes?
Idoia Buruaga Barcena percibe 2682 € brutos al mes, equivalentes a 32.186 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Idoia Buruaga Barcena?
El sueldo bruto anual de Idoia Buruaga Barcena (32.186 €) equivale a 1,9 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Idoia Buruaga Barcena?
Idoia Buruaga Barcena está afiliado o vinculado a EH Bildu.
¿Qué cargo tiene actualmente Idoia Buruaga Barcena?
Idoia Buruaga Barcena ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Elorrio en Ayuntamiento De Elorrio (País Vasco).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .