Inmaculada Delgado Núñez
Alcaldesa · Partido Popular
Cuánto gana Inmaculada Delgado Núñez: percibe 16.821 € brutos al año (1202 € al mes) en 2026 como alcaldesa en Ayuntamiento De Salvatierra De Santiago.
- Cargo
- Alcaldesa
- Institución
- Ayuntamiento De Salvatierra De Santiago
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Extremadura
- Municipio
- Salvatierra De Santiago
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Cobra 6559 € menos al año que la media de alcaldes (72 %).
Sueldo y retribuciones de Inmaculada Delgado Núñez
Alcaldesa
Partido PopularInactivo| Salario bruto mensual | 1201,50 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 16.821,00 € |
Dedicación Parcial
Alcaldesa
Partido PopularInactivo| Salario bruto mensual | 1201,50 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 16.821,00 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Inmaculada Delgado Núñez?
Inmaculada Delgado Núñez percibe un sueldo bruto anual de 16.821 € en 2026 como Alcaldesa en Ayuntamiento De Salvatierra De Santiago. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Inmaculada Delgado Núñez al mes?
Inmaculada Delgado Núñez percibe 1202 € brutos al mes, equivalentes a 16.821 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Inmaculada Delgado Núñez?
El sueldo bruto anual de Inmaculada Delgado Núñez (16.821 €) equivale a 1,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Inmaculada Delgado Núñez?
Inmaculada Delgado Núñez está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Inmaculada Delgado Núñez?
Inmaculada Delgado Núñez ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa en Ayuntamiento De Salvatierra De Santiago (Extremadura).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .