Iratxe Arriola Alzola
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Ea · EH Bildu
Cuánto gana Iratxe Arriola Alzola: percibe 496 € brutos al año (41 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de ea en Ayuntamiento De Ea.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Ea
- Institución
- Ayuntamiento De Ea
- Partido
- EH Bildu
- Comunidad
- País Vasco
- Municipio
- Ea
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 22.884 € menos al año que la media de alcaldes (2 %).
Sueldo y retribuciones de Iratxe Arriola Alzola
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Ea
EH Bildu2019–2023| Salario bruto mensual | 41,33 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 496,00 € |
Sin dedicación
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Ea
EH Bildu2019–2023| Salario bruto mensual | 41,33 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 496,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Iratxe Arriola Alzola?
Iratxe Arriola Alzola percibe un sueldo bruto anual de 496 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Ea en Ayuntamiento De Ea. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Iratxe Arriola Alzola al mes?
Iratxe Arriola Alzola percibe 41 € brutos al mes, equivalentes a 496 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Iratxe Arriola Alzola?
El sueldo bruto anual de Iratxe Arriola Alzola (496 €) equivale a 0,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Iratxe Arriola Alzola?
Iratxe Arriola Alzola está afiliado o vinculado a EH Bildu.
¿Qué cargo tiene actualmente Iratxe Arriola Alzola?
Iratxe Arriola Alzola ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Ea en Ayuntamiento De Ea (País Vasco).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .