Irene Navarro Díaz
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Petrer · PSOE
Cuánto gana Irene Navarro Díaz: percibe 55.286 € brutos al año (3949 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de petrer en Ayuntamiento De Petrer.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Petrer
- Institución
- Ayuntamiento De Petrer
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Comunidad Valenciana
- Municipio
- Petrer
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 31.906 € más al año que la media de alcaldes (236 %).
Sueldo y retribuciones de Irene Navarro Díaz
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Petrer
PSOEEn activo| Salario bruto mensual | 3949,03 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 55.286,46 € |
Retribución percibida por el regidor en 2024, según la información indicada por el Ayuntamiento en el ISPA 2025. Dedicación exclusiva.
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Petrer
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 1362,71 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 16.352,52 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Irene Navarro Díaz?
Irene Navarro Díaz percibe un sueldo bruto anual de 55.286 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Petrer en Ayuntamiento De Petrer. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Irene Navarro Díaz al mes?
Irene Navarro Díaz percibe 3949 € brutos al mes, equivalentes a 55.286 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Irene Navarro Díaz?
El sueldo bruto anual de Irene Navarro Díaz (55.286 €) equivale a 3,2 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Irene Navarro Díaz?
Irene Navarro Díaz está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Irene Navarro Díaz?
Irene Navarro Díaz ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Petrer en Ayuntamiento De Petrer (Comunidad Valenciana).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .