Iván Guimera Edo
Alcalde Del Ayuntamiento De Villores · VIU VILLORES
Cuánto gana Iván Guimera Edo: percibe 4200 € brutos al año (300 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de villores en Ayuntamiento De Villores.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Villores
- Institución
- Ayuntamiento De Villores
- Partido
- VIU VILLORES
- Comunidad
- Comunidad Valenciana
- Municipio
- Villores
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 19.180 € menos al año que la media de alcaldes (18 %).
Sueldo y retribuciones de Iván Guimera Edo
Alcalde Del Ayuntamiento De Villores
VIU VILLORESEn activo| Salario bruto mensual | 300,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 4200,00 € |
Retribución percibida por el regidor en 2024, según la información indicada por el Ayuntamiento en el ISPA 2025. Dedicación parcial.
Alcalde Del Ayuntamiento De Villores
V.V2019–2023| Salario bruto mensual | 0,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 0,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Iván Guimera Edo?
Iván Guimera Edo percibe un sueldo bruto anual de 4200 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Villores en Ayuntamiento De Villores. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Iván Guimera Edo al mes?
Iván Guimera Edo percibe 300 € brutos al mes, equivalentes a 4200 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Iván Guimera Edo?
El sueldo bruto anual de Iván Guimera Edo (4200 €) equivale a 0,2 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Iván Guimera Edo?
Iván Guimera Edo está afiliado o vinculado a VIU VILLORES.
¿Qué cargo tiene actualmente Iván Guimera Edo?
Iván Guimera Edo ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Villores en Ayuntamiento De Villores (Comunidad Valenciana).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .