Jaime Martinez Jimenez
Alcalde Del Ayuntamiento De Villacañas · PSOE
Cuánto gana Jaime Martinez Jimenez: percibe 47.868 € brutos al año (3989 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de villacañas en Ayuntamiento De Villacañas.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Villacañas
- Institución
- Ayuntamiento De Villacañas
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Castilla-La Mancha
- Municipio
- Villacañas
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 24.488 € más al año que la media de alcaldes (205 %).
Sueldo y retribuciones de Jaime Martinez Jimenez
Alcalde Del Ayuntamiento De Villacañas
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 3988,97 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 47.867,64 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Villacañas
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 3988,97 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 47.867,64 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Jaime Martinez Jimenez?
Jaime Martinez Jimenez percibe un sueldo bruto anual de 47.868 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Villacañas en Ayuntamiento De Villacañas. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Jaime Martinez Jimenez al mes?
Jaime Martinez Jimenez percibe 3989 € brutos al mes, equivalentes a 47.868 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Jaime Martinez Jimenez?
El sueldo bruto anual de Jaime Martinez Jimenez (47.868 €) equivale a 2,8 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Jaime Martinez Jimenez?
Jaime Martinez Jimenez está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Jaime Martinez Jimenez?
Jaime Martinez Jimenez ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Villacañas en Ayuntamiento De Villacañas (Castilla-La Mancha).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .