Jaume Camarasa Lesan
Alcalde Del Ayuntamiento De Corbins · CA - AM
Cuánto gana Jaume Camarasa Lesan: percibe 9954 € brutos al año (711 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de corbins en Ayuntamiento De Corbins.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Corbins
- Institución
- Ayuntamiento De Corbins
- Partido
- CA - AM
- Comunidad
- Cataluña
- Municipio
- Corbins
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 13.426 € menos al año que la media de alcaldes (43 %).
Sueldo y retribuciones de Jaume Camarasa Lesan
Alcalde Del Ayuntamiento De Corbins
CA - AMInactivo| Salario bruto mensual | 711,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 9954,00 € |
Dedicación Parcial
Alcalde Del Ayuntamiento De Corbins
CA - AMInactivo| Salario bruto mensual | 711,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 9954,00 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Jaume Camarasa Lesan?
Jaume Camarasa Lesan percibe un sueldo bruto anual de 9954 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Corbins en Ayuntamiento De Corbins. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Jaume Camarasa Lesan al mes?
Jaume Camarasa Lesan percibe 711 € brutos al mes, equivalentes a 9954 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Jaume Camarasa Lesan?
El sueldo bruto anual de Jaume Camarasa Lesan (9954 €) equivale a 0,6 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Jaume Camarasa Lesan?
Jaume Camarasa Lesan está afiliado o vinculado a CA - AM.
¿Qué cargo tiene actualmente Jaume Camarasa Lesan?
Jaume Camarasa Lesan ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Corbins en Ayuntamiento De Corbins (Cataluña).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .