Jaume Llinares Cortes
Alcalde Del Ayuntamiento De Altea · COMPROMÍS MUNICIPAL
Cuánto gana Jaume Llinares Cortes: percibe 42.566 € brutos al año (3547 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de altea en Ayuntamiento De Altea.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Altea
- Institución
- Ayuntamiento De Altea
- Partido
- COMPROMÍS MUNICIPAL
- Comunidad
- Comunidad Valenciana
- Municipio
- Altea
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 19.186 € más al año que la media de alcaldes (182 %).
Sueldo y retribuciones de Jaume Llinares Cortes
Alcalde Del Ayuntamiento De Altea
COMPROMÍS MUNICIPALEn activo| Salario bruto mensual | 3547,19 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 42.566,28 € |
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¿Cuánto gana Jaume Llinares Cortes?
Jaume Llinares Cortes percibe un sueldo bruto anual de 42.566 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Altea en Ayuntamiento De Altea. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Jaume Llinares Cortes al mes?
Jaume Llinares Cortes percibe 3547 € brutos al mes, equivalentes a 42.566 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Jaume Llinares Cortes?
El sueldo bruto anual de Jaume Llinares Cortes (42.566 €) equivale a 2,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Jaume Llinares Cortes?
Jaume Llinares Cortes está afiliado o vinculado a COMPROMÍS MUNICIPAL.
¿Qué cargo tiene actualmente Jaume Llinares Cortes?
Jaume Llinares Cortes ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Altea en Ayuntamiento De Altea (Comunidad Valenciana).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .