Jaume Servera Servera
Alcalde Del Ayuntamiento De Sóller · MÉS - APIB
Cuánto gana Jaume Servera Servera: percibe 14.400 € brutos al año (1029 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de sóller en Ayuntamiento De Sóller.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Sóller
- Institución
- Ayuntamiento De Sóller
- Partido
- MÉS - APIB
- Comunidad
- Islas Baleares
- Municipio
- Sóller
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 8980 € menos al año que la media de alcaldes (62 %).
Sueldo y retribuciones de Jaume Servera Servera
Alcalde Del Ayuntamiento De Sóller
MÉS - APIBInactivo| Salario bruto mensual | 1028,57 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 14.400,00 € |
| Dietas | 14.400,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Sóller
MÉS - APIBInactivo| Salario bruto mensual | 1028,57 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 14.400,00 € |
| Dietas | 14.400,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Jaume Servera Servera?
Jaume Servera Servera percibe un sueldo bruto anual de 14.400 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Sóller en Ayuntamiento De Sóller. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Jaume Servera Servera al mes?
Jaume Servera Servera percibe 1029 € brutos al mes, equivalentes a 14.400 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Jaume Servera Servera?
El sueldo bruto anual de Jaume Servera Servera (14.400 €) equivale a 0,8 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Jaume Servera Servera?
Jaume Servera Servera está afiliado o vinculado a MÉS - APIB.
¿Qué cargo tiene actualmente Jaume Servera Servera?
Jaume Servera Servera ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Sóller en Ayuntamiento De Sóller (Islas Baleares).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .