Javier Uriarte Jairo
Alcalde Del Ayuntamiento De Lantarón · PNV
Cuánto gana Javier Uriarte Jairo: percibe 8000 € brutos al año (667 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de lantarón en Ayuntamiento De Lantarón.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Lantarón
- Institución
- Ayuntamiento De Lantarón
- Partido
- PNV
- Comunidad
- País Vasco
- Municipio
- Lantarón
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 15.380 € menos al año que la media de alcaldes (34 %).
Sueldo y retribuciones de Javier Uriarte Jairo
Alcalde Del Ayuntamiento De Lantarón
EAJ-PNV2019–2023| Salario bruto mensual | 666,67 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 8000,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Lantarón
EAJ-PNV2019–2023| Salario bruto mensual | 666,67 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 8000,00 € |
Sin dedicación
Otros políticos de PNV
Ver todos →Otros alcaldes en País Vasco
Ver todos →Comparar a Javier Uriarte Jairo con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿Cuánto gana Javier Uriarte Jairo?
Javier Uriarte Jairo percibe un sueldo bruto anual de 8000 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Lantarón en Ayuntamiento De Lantarón. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Javier Uriarte Jairo al mes?
Javier Uriarte Jairo percibe 667 € brutos al mes, equivalentes a 8000 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Javier Uriarte Jairo?
El sueldo bruto anual de Javier Uriarte Jairo (8000 €) equivale a 0,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Javier Uriarte Jairo?
Javier Uriarte Jairo está afiliado o vinculado a PNV.
¿Qué cargo tiene actualmente Javier Uriarte Jairo?
Javier Uriarte Jairo ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Lantarón en Ayuntamiento De Lantarón (País Vasco).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .