Jesus Agudo Lopez
Alcalde Del Ayuntamiento De Valmojado · Partido Popular
Cuánto gana Jesus Agudo Lopez: percibe 7188 € brutos al año (599 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de valmojado en Ayuntamiento De Valmojado.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Valmojado
- Institución
- Ayuntamiento De Valmojado
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Castilla-La Mancha
- Municipio
- Valmojado
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 16.192 € menos al año que la media de alcaldes (31 %).
Sueldo y retribuciones de Jesus Agudo Lopez
Alcalde Del Ayuntamiento De Valmojado
PP2019–2023| Salario bruto mensual | 599,02 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 7188,30 € |
Dedicación Parcial
Alcalde Del Ayuntamiento De Valmojado
PP2019–2023| Salario bruto mensual | 599,02 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 7188,30 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Jesus Agudo Lopez?
Jesus Agudo Lopez percibe un sueldo bruto anual de 7188 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Valmojado en Ayuntamiento De Valmojado. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Jesus Agudo Lopez al mes?
Jesus Agudo Lopez percibe 599 € brutos al mes, equivalentes a 7188 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Jesus Agudo Lopez?
El sueldo bruto anual de Jesus Agudo Lopez (7188 €) equivale a 0,4 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Jesus Agudo Lopez?
Jesus Agudo Lopez está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Jesus Agudo Lopez?
Jesus Agudo Lopez ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Valmojado en Ayuntamiento De Valmojado (Castilla-La Mancha).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .