Jesús Anakabe Txakartegi
Alcalde Del Ayuntamiento De Mendexa · PNV
Cuánto gana Jesús Anakabe Txakartegi: percibe 36.825 € brutos al año (2630 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de mendexa en Ayuntamiento De Mendexa.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Mendexa
- Institución
- Ayuntamiento De Mendexa
- Partido
- PNV
- Comunidad
- País Vasco
- Municipio
- Mendexa
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 13.445 € más al año que la media de alcaldes (158 %).
Sueldo y retribuciones de Jesús Anakabe Txakartegi
Alcalde Del Ayuntamiento De Mendexa
EAJ-PNVInactivo| Salario bruto mensual | 2630,34 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 36.824,69 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Mendexa
EAJ-PNVInactivo| Salario bruto mensual | 2630,34 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 36.824,69 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Jesús Anakabe Txakartegi?
Jesús Anakabe Txakartegi percibe un sueldo bruto anual de 36.825 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Mendexa en Ayuntamiento De Mendexa. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Jesús Anakabe Txakartegi al mes?
Jesús Anakabe Txakartegi percibe 2630 € brutos al mes, equivalentes a 36.825 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Jesús Anakabe Txakartegi?
El sueldo bruto anual de Jesús Anakabe Txakartegi (36.825 €) equivale a 2,2 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Jesús Anakabe Txakartegi?
Jesús Anakabe Txakartegi está afiliado o vinculado a PNV.
¿Qué cargo tiene actualmente Jesús Anakabe Txakartegi?
Jesús Anakabe Txakartegi ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Mendexa en Ayuntamiento De Mendexa (País Vasco).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .