Jesus Angel Tapia Cea
Alcalde Del Ayuntamiento De Grijota · Partido Popular
Cuánto gana Jesus Angel Tapia Cea: percibe 11.967 € brutos al año (855 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de grijota en Ayuntamiento De Grijota.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Grijota
- Institución
- Ayuntamiento De Grijota
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Castilla y León
- Municipio
- Grijota
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 11.413 € menos al año que la media de alcaldes (51 %).
Sueldo y retribuciones de Jesus Angel Tapia Cea
Alcalde Del Ayuntamiento De Grijota
PPEn activo| Salario bruto mensual | 854,80 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 11.967,20 € |
Alcalde Del Ayuntamiento De Grijota
PP2019–2023| Salario bruto mensual | 1727,80 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 20.733,58 € |
Dedicación Parcial
Otros políticos de Partido Popular
Ver todos →Otros alcaldes en Castilla y León
Ver todos →Comparar a Jesus Angel Tapia Cea con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿Cuánto gana Jesus Angel Tapia Cea?
Jesus Angel Tapia Cea percibe un sueldo bruto anual de 11.967 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Grijota en Ayuntamiento De Grijota. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Jesus Angel Tapia Cea al mes?
Jesus Angel Tapia Cea percibe 855 € brutos al mes, equivalentes a 11.967 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Jesus Angel Tapia Cea?
El sueldo bruto anual de Jesus Angel Tapia Cea (11.967 €) equivale a 0,7 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Jesus Angel Tapia Cea?
Jesus Angel Tapia Cea está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Jesus Angel Tapia Cea?
Jesus Angel Tapia Cea ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Grijota en Ayuntamiento De Grijota (Castilla y León).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .