Jesús Díez Monzón
Alcalde Del Ayuntamiento De Buniel · Ciudadanos
Cuánto gana Jesús Díez Monzón: percibe 7175 € brutos al año (513 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de buniel en Ayuntamiento De Buniel.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Buniel
- Institución
- Ayuntamiento De Buniel
- Partido
- Ciudadanos
- Comunidad
- Castilla y León
- Municipio
- Buniel
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 16.205 € menos al año que la media de alcaldes (31 %).
Sueldo y retribuciones de Jesús Díez Monzón
Alcalde Del Ayuntamiento De Buniel
CsEn activo| Salario bruto mensual | 512,50 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 7175,00 € |
Retribución percibida por el regidor en 2024, según la información indicada por el Ayuntamiento en el ISPA 2025. Dedicación parcial.
Alcalde Del Ayuntamiento De Buniel
Cs2019–2023| Salario bruto mensual | 416,66 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 4999,96 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Jesús Díez Monzón?
Jesús Díez Monzón percibe un sueldo bruto anual de 7175 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Buniel en Ayuntamiento De Buniel. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Jesús Díez Monzón al mes?
Jesús Díez Monzón percibe 513 € brutos al mes, equivalentes a 7175 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Jesús Díez Monzón?
El sueldo bruto anual de Jesús Díez Monzón (7175 €) equivale a 0,4 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Jesús Díez Monzón?
Jesús Díez Monzón está afiliado o vinculado a Ciudadanos.
¿Qué cargo tiene actualmente Jesús Díez Monzón?
Jesús Díez Monzón ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Buniel en Ayuntamiento De Buniel (Castilla y León).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .