Jesus Maria Cedazo Minguez
Alcalde Del Ayuntamiento De Almazán · PSOE
Cuánto gana Jesus Maria Cedazo Minguez: percibe 49.294 € brutos al año (3521 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de almazán en Ayuntamiento De Almazán.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Almazán
- Institución
- Ayuntamiento De Almazán
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Castilla y León
- Municipio
- Almazán
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 25.913 € más al año que la media de alcaldes (211 %).
Sueldo y retribuciones de Jesus Maria Cedazo Minguez
Alcalde Del Ayuntamiento De Almazán
PSOEEn activo| Salario bruto mensual | 3520,97 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 49.293,51 € |
Alcalde Del Ayuntamiento De Almazán
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 3741,28 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 44.895,34 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Jesus Maria Cedazo Minguez?
Jesus Maria Cedazo Minguez percibe un sueldo bruto anual de 49.294 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Almazán en Ayuntamiento De Almazán. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Jesus Maria Cedazo Minguez al mes?
Jesus Maria Cedazo Minguez percibe 3521 € brutos al mes, equivalentes a 49.294 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Jesus Maria Cedazo Minguez?
El sueldo bruto anual de Jesus Maria Cedazo Minguez (49.294 €) equivale a 2,9 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Jesus Maria Cedazo Minguez?
Jesus Maria Cedazo Minguez está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Jesus Maria Cedazo Minguez?
Jesus Maria Cedazo Minguez ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Almazán en Ayuntamiento De Almazán (Castilla y León).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .