Jesus Maria Lorenzo Mas
Alcalde Del Ayuntamiento De Alcañices · Partido Popular
Cuánto gana Jesus Maria Lorenzo Mas: percibe 210 € brutos al año (18 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de alcañices en Ayuntamiento De Alcañices.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Alcañices
- Institución
- Ayuntamiento De Alcañices
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Castilla y León
- Municipio
- Alcañices
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 23.170 € menos al año que la media de alcaldes (1 %).
Sueldo y retribuciones de Jesus Maria Lorenzo Mas
Alcalde Del Ayuntamiento De Alcañices
PP2019–2023| Salario bruto mensual | 17,50 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 210,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Alcañices
PP2019–2023| Salario bruto mensual | 17,50 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 210,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Jesus Maria Lorenzo Mas?
Jesus Maria Lorenzo Mas percibe un sueldo bruto anual de 210 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Alcañices en Ayuntamiento De Alcañices. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Jesus Maria Lorenzo Mas al mes?
Jesus Maria Lorenzo Mas percibe 18 € brutos al mes, equivalentes a 210 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Jesus Maria Lorenzo Mas?
El sueldo bruto anual de Jesus Maria Lorenzo Mas (210 €) equivale a 0,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Jesus Maria Lorenzo Mas?
Jesus Maria Lorenzo Mas está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Jesus Maria Lorenzo Mas?
Jesus Maria Lorenzo Mas ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Alcañices en Ayuntamiento De Alcañices (Castilla y León).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .