Joan Pereleda Ramón
Alcalde Del Ayuntamiento De La Vall De Boí · IVB
Cuánto gana Joan Pereleda Ramón: percibe 41.799 € brutos al año (2986 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de la vall de boí en Ayuntamiento De La Vall De Boí.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De La Vall De Boí
- Institución
- Ayuntamiento De La Vall De Boí
- Partido
- IVB
- Comunidad
- Cataluña
- Municipio
- La Vall De Boí
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 18.418 € más al año que la media de alcaldes (179 %).
Sueldo y retribuciones de Joan Pereleda Ramón
Alcalde Del Ayuntamiento De La Vall De Boí
IVBInactivo| Salario bruto mensual | 2985,61 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 41.798,59 € |
| Dietas | 100,00 € |
Dedicación Parcial
Alcalde Del Ayuntamiento De La Vall De Boí
IVBInactivo| Salario bruto mensual | 2985,61 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 41.798,59 € |
| Dietas | 100,00 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Joan Pereleda Ramón?
Joan Pereleda Ramón percibe un sueldo bruto anual de 41.799 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De La Vall De Boí en Ayuntamiento De La Vall De Boí. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Joan Pereleda Ramón al mes?
Joan Pereleda Ramón percibe 2986 € brutos al mes, equivalentes a 41.799 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Joan Pereleda Ramón?
El sueldo bruto anual de Joan Pereleda Ramón (41.799 €) equivale a 2,4 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Joan Pereleda Ramón?
Joan Pereleda Ramón está afiliado o vinculado a IVB.
¿Qué cargo tiene actualmente Joan Pereleda Ramón?
Joan Pereleda Ramón ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De La Vall De Boí en Ayuntamiento De La Vall De Boí (Cataluña).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .