Joan Playà Guirado
Alcalde Del Ayuntamiento De Castellbisbal · ALTpCB-ECG
Cuánto gana Joan Playà Guirado: percibe 44.589 € brutos al año (3716 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de castellbisbal en Ayuntamiento De Castellbisbal.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Castellbisbal
- Institución
- Ayuntamiento De Castellbisbal
- Partido
- ALTpCB-ECG
- Comunidad
- Cataluña
- Municipio
- Castellbisbal
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 21.208 € más al año que la media de alcaldes (191 %).
Sueldo y retribuciones de Joan Playà Guirado
Alcalde Del Ayuntamiento De Castellbisbal
ALTpCB-ECG2019–2023| Salario bruto mensual | 3715,71 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 44.588,52 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Castellbisbal
ALTpCB-ECG2019–2023| Salario bruto mensual | 3715,71 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 44.588,52 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Joan Playà Guirado?
Joan Playà Guirado percibe un sueldo bruto anual de 44.589 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Castellbisbal en Ayuntamiento De Castellbisbal. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Joan Playà Guirado al mes?
Joan Playà Guirado percibe 3716 € brutos al mes, equivalentes a 44.589 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Joan Playà Guirado?
El sueldo bruto anual de Joan Playà Guirado (44.589 €) equivale a 2,6 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Joan Playà Guirado?
Joan Playà Guirado está afiliado o vinculado a ALTpCB-ECG.
¿Qué cargo tiene actualmente Joan Playà Guirado?
Joan Playà Guirado ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Castellbisbal en Ayuntamiento De Castellbisbal (Cataluña).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .