Jonás Olarte Fernández
Alcalde Del Ayuntamiento De Nájera · PSOE
Cuánto gana Jonás Olarte Fernández: percibe 39.496 € brutos al año (3291 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de nájera en Ayuntamiento De Nájera.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Nájera
- Institución
- Ayuntamiento De Nájera
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- La Rioja
- Municipio
- Nájera
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 16.116 € más al año que la media de alcaldes (169 %).
Sueldo y retribuciones de Jonás Olarte Fernández
Alcalde Del Ayuntamiento De Nájera
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 3291,31 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 39.495,67 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Nájera
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 3291,31 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 39.495,67 € |
Dedicación Exclusiva
Otros políticos de PSOE
Ver todos →Otros alcaldes en La Rioja
Ver todos →Comparar a Jonás Olarte Fernández con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿Cuánto gana Jonás Olarte Fernández?
Jonás Olarte Fernández percibe un sueldo bruto anual de 39.496 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Nájera en Ayuntamiento De Nájera. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Jonás Olarte Fernández al mes?
Jonás Olarte Fernández percibe 3291 € brutos al mes, equivalentes a 39.496 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Jonás Olarte Fernández?
El sueldo bruto anual de Jonás Olarte Fernández (39.496 €) equivale a 2,3 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Jonás Olarte Fernández?
Jonás Olarte Fernández está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Jonás Olarte Fernández?
Jonás Olarte Fernández ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Nájera en Ayuntamiento De Nájera (La Rioja).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .