Jordi Arbós Gabarró
Alcalde Del Ayuntamiento De Fulleda · APF -AM
Cuánto gana Jordi Arbós Gabarró: percibe 17.330 € brutos al año (1238 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de fulleda en Ayuntamiento De Fulleda.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Fulleda
- Institución
- Ayuntamiento De Fulleda
- Partido
- APF -AM
- Comunidad
- Cataluña
- Municipio
- Fulleda
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 6050 € menos al año que la media de alcaldes (74 %).
Sueldo y retribuciones de Jordi Arbós Gabarró
Alcalde Del Ayuntamiento De Fulleda
APF -AMEn activo| Salario bruto mensual | 1237,85 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 17.329,92 € |
Retribución percibida por el regidor en 2024, según la información indicada por el Ayuntamiento en el ISPA 2025. Dedicación parcial.
Alcalde Del Ayuntamiento De Fulleda
APF -AM2019–2023| Salario bruto mensual | 70,83 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 850,00 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Jordi Arbós Gabarró?
Jordi Arbós Gabarró percibe un sueldo bruto anual de 17.330 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Fulleda en Ayuntamiento De Fulleda. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Jordi Arbós Gabarró al mes?
Jordi Arbós Gabarró percibe 1238 € brutos al mes, equivalentes a 17.330 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Jordi Arbós Gabarró?
El sueldo bruto anual de Jordi Arbós Gabarró (17.330 €) equivale a 1,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Jordi Arbós Gabarró?
Jordi Arbós Gabarró está afiliado o vinculado a APF -AM.
¿Qué cargo tiene actualmente Jordi Arbós Gabarró?
Jordi Arbós Gabarró ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Fulleda en Ayuntamiento De Fulleda (Cataluña).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .