Jorge Luis Bail
Alcalde Del Ayuntamiento De Loporzano · AEILOP
Cuánto gana Jorge Luis Bail: percibe 250 € brutos al año (21 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de loporzano.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Loporzano
- Partido
- AEILOP
- Nacimiento
- 3 de junio de 1984 · 42 años
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 23.130 € menos al año que la media de alcaldes (1 %).
Sueldo y retribuciones de Jorge Luis Bail
Alcalde Del Ayuntamiento De Loporzano
AEILOP2020–2023| Salario bruto mensual | 20,83 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 250,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Loporzano
AEILOP2020–2023| Salario bruto mensual | 20,83 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 250,00 € |
Sin dedicación
Diputado
Equo2019–2019| Salario bruto mensual | 5969,54 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 83.573,56 € |
| Salario base | 2972,94 € |
| Suplementos | 1075,40 € |
| Dietas | 1921,20 € |
Otros alcaldes
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¿Cuánto gana Jorge Luis Bail?
Jorge Luis Bail percibe un sueldo bruto anual de 250 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Loporzano. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Jorge Luis Bail al mes?
Jorge Luis Bail percibe 21 € brutos al mes, equivalentes a 250 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Jorge Luis Bail?
El sueldo bruto anual de Jorge Luis Bail (250 €) equivale a 0,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Jorge Luis Bail?
Jorge Luis Bail está afiliado o vinculado a AEILOP.
¿Qué cargo tiene actualmente Jorge Luis Bail?
Jorge Luis Bail ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Loporzano.
¿Qué edad tiene Jorge Luis Bail?
Jorge Luis Bail nació el 3 de junio de 1984 y tiene 42 años actualmente.
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .