Jorge Martin Perez
Alcalde Del Ayuntamiento De Canillas De Albaida · Partido Popular
Cuánto gana Jorge Martin Perez: percibe 480 € brutos al año en 2026 como alcalde del ayuntamiento de canillas de albaida.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Canillas De Albaida
- Partido
- Partido Popular
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 22.900 € menos al año que la media de alcaldes (2 %).
Sueldo y retribuciones de Jorge Martin Perez
Alcalde Del Ayuntamiento De Canillas De Albaida
PP2023–2023| Salario bruto mensual | 0,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 480,00 € |
El salario corresponde a su precedesor/a en el mismo cargo con la información que aportó el año 2023 al ISPA y sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Canillas De Albaida
PP2023–2023| Salario bruto mensual | 0,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 480,00 € |
El salario corresponde a su precedesor/a en el mismo cargo con la información que aportó el año 2023 al ISPA y sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Canillas De Albaida
PP2019–2023| Salario bruto mensual | 25,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 300,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Jorge Martin Perez?
Jorge Martin Perez percibe un sueldo bruto anual de 480 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Canillas De Albaida. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Jorge Martin Perez?
El sueldo bruto anual de Jorge Martin Perez (480 €) equivale a 0,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Jorge Martin Perez?
Jorge Martin Perez está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Jorge Martin Perez?
Jorge Martin Perez ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Canillas De Albaida.
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .