Jorge Sanchez Hidalgo
Alcalde Del Ayuntamiento De Algarinejo · Partido Popular
Cuánto gana Jorge Sanchez Hidalgo: percibe 36.904 € brutos al año (3075 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de algarinejo en Ayuntamiento De Algarinejo.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Algarinejo
- Institución
- Ayuntamiento De Algarinejo
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Andalucía
- Municipio
- Algarinejo
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 13.524 € más al año que la media de alcaldes (158 %).
Sueldo y retribuciones de Jorge Sanchez Hidalgo
Alcalde Del Ayuntamiento De Algarinejo
PPEn activo| Salario bruto mensual | 3075,34 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 36.904,10 € |
Alcalde Del Ayuntamiento De Algarinejo
PP2019–2023| Salario bruto mensual | 2883,97 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 34.607,68 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Jorge Sanchez Hidalgo?
Jorge Sanchez Hidalgo percibe un sueldo bruto anual de 36.904 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Algarinejo en Ayuntamiento De Algarinejo. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Jorge Sanchez Hidalgo al mes?
Jorge Sanchez Hidalgo percibe 3075 € brutos al mes, equivalentes a 36.904 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Jorge Sanchez Hidalgo?
El sueldo bruto anual de Jorge Sanchez Hidalgo (36.904 €) equivale a 2,2 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Jorge Sanchez Hidalgo?
Jorge Sanchez Hidalgo está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Jorge Sanchez Hidalgo?
Jorge Sanchez Hidalgo ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Algarinejo en Ayuntamiento De Algarinejo (Andalucía).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .