Jose Angel Villalva Ruiz
Alcalde Del Ayuntamiento De Buste El · Partido Popular
Cuánto gana Jose Angel Villalva Ruiz: percibe 2987 € brutos al año (249 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de buste el en Ayuntamiento De Buste El.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Buste El
- Institución
- Ayuntamiento De Buste El
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Aragón
- Municipio
- Buste El
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 20.393 € menos al año que la media de alcaldes (13 %).
Sueldo y retribuciones de Jose Angel Villalva Ruiz
Alcalde Del Ayuntamiento De Buste El
PP2019–2023| Salario bruto mensual | 248,92 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 2987,00 € |
Dedicación Parcial
Alcalde Del Ayuntamiento De Buste El
PP2019–2023| Salario bruto mensual | 248,92 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 2987,00 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Jose Angel Villalva Ruiz?
Jose Angel Villalva Ruiz percibe un sueldo bruto anual de 2987 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Buste El en Ayuntamiento De Buste El. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Jose Angel Villalva Ruiz al mes?
Jose Angel Villalva Ruiz percibe 249 € brutos al mes, equivalentes a 2987 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Jose Angel Villalva Ruiz?
El sueldo bruto anual de Jose Angel Villalva Ruiz (2987 €) equivale a 0,2 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Jose Angel Villalva Ruiz?
Jose Angel Villalva Ruiz está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Jose Angel Villalva Ruiz?
Jose Angel Villalva Ruiz ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Buste El en Ayuntamiento De Buste El (Aragón).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .