Jose Carrasco Martinez
Alcalde Del Ayuntamiento De Casares · IU-ANDALUCIA
Cuánto gana Jose Carrasco Martinez: percibe 63.196 € brutos al año (4514 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de casares en Ayuntamiento De Casares.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Casares
- Institución
- Ayuntamiento De Casares
- Partido
- IU-ANDALUCIA
- Comunidad
- Andalucía
- Municipio
- Casares
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 39.816 € más al año que la media de alcaldes (270 %).
Sueldo y retribuciones de Jose Carrasco Martinez
Alcalde Del Ayuntamiento De Casares
IU-ANDALUCIAEn activo| Salario bruto mensual | 4514,01 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 63.196,12 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Casares
IULV-CA-PARA LA GENTEInactivo| Salario bruto mensual | 3023,01 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 42.322,14 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Jose Carrasco Martinez?
Jose Carrasco Martinez percibe un sueldo bruto anual de 63.196 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Casares en Ayuntamiento De Casares. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Jose Carrasco Martinez al mes?
Jose Carrasco Martinez percibe 4514 € brutos al mes, equivalentes a 63.196 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Jose Carrasco Martinez?
El sueldo bruto anual de Jose Carrasco Martinez (63.196 €) equivale a 3,7 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Jose Carrasco Martinez?
Jose Carrasco Martinez está afiliado o vinculado a IU-ANDALUCIA.
¿Qué cargo tiene actualmente Jose Carrasco Martinez?
Jose Carrasco Martinez ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Casares en Ayuntamiento De Casares (Andalucía).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .