Jose Javier Ruiz Arana
Alcalde Del Ayuntamiento De Rota · PSOE
Cuánto gana Jose Javier Ruiz Arana: percibe 54.473 € brutos al año (3891 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de rota en Ayuntamiento De Rota.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Rota
- Institución
- Ayuntamiento De Rota
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Andalucía
- Municipio
- Rota
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 31.093 € más al año que la media de alcaldes (233 %).
Sueldo y retribuciones de Jose Javier Ruiz Arana
Alcalde Del Ayuntamiento De Rota
PSOE-AEn activo| Salario bruto mensual | 3890,91 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 54.472,80 € |
Retribución percibida por el regidor en 2024, según la información indicada por el Ayuntamiento en el ISPA 2025. Dedicación exclusiva.
Alcalde Del Ayuntamiento De Rota
PSOE-A2019–2023| Salario bruto mensual | 4395,84 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 52.750,04 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Jose Javier Ruiz Arana?
Jose Javier Ruiz Arana percibe un sueldo bruto anual de 54.473 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Rota en Ayuntamiento De Rota. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Jose Javier Ruiz Arana al mes?
Jose Javier Ruiz Arana percibe 3891 € brutos al mes, equivalentes a 54.473 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Jose Javier Ruiz Arana?
El sueldo bruto anual de Jose Javier Ruiz Arana (54.473 €) equivale a 3,2 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Jose Javier Ruiz Arana?
Jose Javier Ruiz Arana está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Jose Javier Ruiz Arana?
Jose Javier Ruiz Arana ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Rota en Ayuntamiento De Rota (Andalucía).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .