Jose Lucas Sanchez
Alcalde Del Ayuntamiento De Galinduste · PSOE
Cuánto gana Jose Lucas Sanchez: percibe 120 € brutos al año (9 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de galinduste en Ayuntamiento De Galinduste.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Galinduste
- Institución
- Ayuntamiento De Galinduste
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Castilla y León
- Municipio
- Galinduste
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 23.260 € menos al año que la media de alcaldes (1 %).
Sueldo y retribuciones de Jose Lucas Sanchez
Alcalde Del Ayuntamiento De Galinduste
PSOEEn activo| Salario bruto mensual | 8,57 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 120,00 € |
Retribución percibida por el regidor en 2024, según la información indicada por el Ayuntamiento en el ISPA 2025. Sin dedicación.
Alcalde Del Ayuntamiento De Galinduste
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 2,08 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 25,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Jose Lucas Sanchez?
Jose Lucas Sanchez percibe un sueldo bruto anual de 120 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Galinduste en Ayuntamiento De Galinduste. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Jose Lucas Sanchez al mes?
Jose Lucas Sanchez percibe 9 € brutos al mes, equivalentes a 120 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Jose Lucas Sanchez?
El sueldo bruto anual de Jose Lucas Sanchez (120 €) equivale a 0,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Jose Lucas Sanchez?
Jose Lucas Sanchez está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Jose Lucas Sanchez?
Jose Lucas Sanchez ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Galinduste en Ayuntamiento De Galinduste (Castilla y León).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .