Jose Luis Bartolome Herranz
Alcalde del Ayuntamiento de Navalperal de Pinares · Partido Popular
No consta una retribución pública para el cargo actual de Jose Luis Bartolome Herranz. Puede tratarse de un cargo sin dedicación exclusiva, ad honorem o sin dato salarial publicado en las fuentes oficiales consultadas.
- Cargo
- Alcalde del Ayuntamiento de Navalperal de Pinares
- Institución
- Ayuntamiento de Navalperal de Pinares
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Castilla y León
- Municipio
- Navalperal De Pinares
Biografía
Jose Luis Bartolome Herranz es actualmente Alcalde del Ayuntamiento de Navalperal de Pinares en representación de PP. Ostenta el cargo sin retribución pública (cargo ad honorem). Anteriormente ocupó el cargo de Alcalde del Ayuntamiento de Navalperal de Pinares entre 2019 y 2023 en representación de PP.
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Sueldo y retribuciones de Jose Luis Bartolome Herranz
Alcalde del Ayuntamiento de Navalperal de Pinares
PPEn activo| Salario bruto mensual | 0,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 0,00 € |
Alcalde del Ayuntamiento de Navalperal de Pinares
PP2019–2023| Salario bruto mensual | 0,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 0,00 € |
Sin dedicación
Otros políticos de Partido Popular
Ver todos →Otros alcaldes de España, por sueldo
Ver todos →Comparar a Jose Luis Bartolome Herranz con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿De qué partido es Jose Luis Bartolome Herranz?
Jose Luis Bartolome Herranz está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Jose Luis Bartolome Herranz?
Jose Luis Bartolome Herranz ocupa actualmente el cargo de Alcalde del Ayuntamiento de Navalperal de Pinares en Ayuntamiento de Navalperal de Pinares (Castilla y León).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Datos cargados y normalizados de forma automática; el criterio editorial y las comprobaciones están descritos en la metodología.Última actualización del registro: .