José Luis Hidalgo García
Alcalde Del Ayuntamiento De Jódar · PSOE
Cuánto gana José Luis Hidalgo García: percibe 35.598 € brutos al año (2543 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de jódar en Ayuntamiento De Jódar.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Jódar
- Institución
- Ayuntamiento De Jódar
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Andalucía
- Municipio
- Jódar
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 12.218 € más al año que la media de alcaldes (152 %).
Sueldo y retribuciones de José Luis Hidalgo García
Alcalde Del Ayuntamiento De Jódar
PSOEInactivo| Salario bruto mensual | 2542,71 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 35.597,90 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Jódar
PSOEInactivo| Salario bruto mensual | 2542,71 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 35.597,90 € |
Dedicación Exclusiva
Otros políticos de PSOE
Ver todos →Otros alcaldes en Andalucía
Ver todos →Comparar a José Luis Hidalgo García con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿Cuánto gana José Luis Hidalgo García?
José Luis Hidalgo García percibe un sueldo bruto anual de 35.598 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Jódar en Ayuntamiento De Jódar. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra José Luis Hidalgo García al mes?
José Luis Hidalgo García percibe 2543 € brutos al mes, equivalentes a 35.598 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de José Luis Hidalgo García?
El sueldo bruto anual de José Luis Hidalgo García (35.598 €) equivale a 2,1 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es José Luis Hidalgo García?
José Luis Hidalgo García está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente José Luis Hidalgo García?
José Luis Hidalgo García ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Jódar en Ayuntamiento De Jódar (Andalucía).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .