Jose Manuel Rodriguez Lamas
Alcalde Del Ayuntamiento De Cenlle · Partido Popular
Cuánto gana Jose Manuel Rodriguez Lamas: percibe 8356 € brutos al año (597 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de cenlle.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Cenlle
- Partido
- Partido Popular
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 15.024 € menos al año que la media de alcaldes (36 %).
Sueldo y retribuciones de Jose Manuel Rodriguez Lamas
Alcalde Del Ayuntamiento De Cenlle
PPDesde 2020| Salario bruto mensual | 596,83 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 8355,66 € |
Dedicación Parcial
Alcalde Del Ayuntamiento De Cenlle
PPDesde 2020| Salario bruto mensual | 596,83 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 8355,66 € |
Dedicación Parcial
Alcalde Del Ayuntamiento De Cenlle
PP2020–2020| Salario bruto mensual | 234,45 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 3282,26 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Jose Manuel Rodriguez Lamas?
Jose Manuel Rodriguez Lamas percibe un sueldo bruto anual de 8356 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Cenlle. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Jose Manuel Rodriguez Lamas al mes?
Jose Manuel Rodriguez Lamas percibe 597 € brutos al mes, equivalentes a 8356 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Jose Manuel Rodriguez Lamas?
El sueldo bruto anual de Jose Manuel Rodriguez Lamas (8356 €) equivale a 0,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Jose Manuel Rodriguez Lamas?
Jose Manuel Rodriguez Lamas está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Jose Manuel Rodriguez Lamas?
Jose Manuel Rodriguez Lamas ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Cenlle.
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .