Jose Maria Manso Gonzalez
Alcalde Del Ayuntamiento De El Barraco · Partido Popular
Cuánto gana Jose Maria Manso Gonzalez: percibe 29.918 € brutos al año (2493 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de el barraco en Ayuntamiento De Barraco El.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De El Barraco
- Institución
- Ayuntamiento De Barraco El
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Castilla y León
- Municipio
- Barraco El
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 6538 € más al año que la media de alcaldes (128 %).
Sueldo y retribuciones de Jose Maria Manso Gonzalez
Alcalde Del Ayuntamiento De El Barraco
PPEn activo| Salario bruto mensual | 2493,19 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 29.918,29 € |
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¿Cuánto gana Jose Maria Manso Gonzalez?
Jose Maria Manso Gonzalez percibe un sueldo bruto anual de 29.918 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De El Barraco en Ayuntamiento De Barraco El. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Jose Maria Manso Gonzalez al mes?
Jose Maria Manso Gonzalez percibe 2493 € brutos al mes, equivalentes a 29.918 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Jose Maria Manso Gonzalez?
El sueldo bruto anual de Jose Maria Manso Gonzalez (29.918 €) equivale a 1,8 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Jose Maria Manso Gonzalez?
Jose Maria Manso Gonzalez está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Jose Maria Manso Gonzalez?
Jose Maria Manso Gonzalez ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De El Barraco en Ayuntamiento De Barraco El (Castilla y León).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .