José María Martínez Fernández
Alcalde Del Ayuntamiento De Lagrán · PNV
Cuánto gana José María Martínez Fernández: percibe 7986 € brutos al año (666 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de lagrán en Ayuntamiento De Lagrán.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Lagrán
- Institución
- Ayuntamiento De Lagrán
- Partido
- PNV
- Comunidad
- País Vasco
- Municipio
- Lagrán
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 15.394 € menos al año que la media de alcaldes (34 %).
Sueldo y retribuciones de José María Martínez Fernández
Alcalde Del Ayuntamiento De Lagrán
EAJ-PNV2019–2023| Salario bruto mensual | 665,50 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 7986,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Lagrán
EAJ-PNV2019–2023| Salario bruto mensual | 665,50 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 7986,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana José María Martínez Fernández?
José María Martínez Fernández percibe un sueldo bruto anual de 7986 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Lagrán en Ayuntamiento De Lagrán. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra José María Martínez Fernández al mes?
José María Martínez Fernández percibe 666 € brutos al mes, equivalentes a 7986 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de José María Martínez Fernández?
El sueldo bruto anual de José María Martínez Fernández (7986 €) equivale a 0,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es José María Martínez Fernández?
José María Martínez Fernández está afiliado o vinculado a PNV.
¿Qué cargo tiene actualmente José María Martínez Fernández?
José María Martínez Fernández ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Lagrán en Ayuntamiento De Lagrán (País Vasco).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .