José Martín García
Alcalde Del Ayuntamiento De Colmenar · PSOE
Cuánto gana José Martín García: percibe 38.878 € brutos al año (2777 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de colmenar en Ayuntamiento De Colmenar.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Colmenar
- Institución
- Ayuntamiento De Colmenar
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Andalucía
- Municipio
- Colmenar
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 15.498 € más al año que la media de alcaldes (166 %).
Sueldo y retribuciones de José Martín García
Alcalde Del Ayuntamiento De Colmenar
PSOE-AEn activo| Salario bruto mensual | 2777,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 38.877,96 € |
Retribución percibida por el regidor en 2024, según la información indicada por el Ayuntamiento en el ISPA 2025. Dedicación exclusiva.
Alcalde Del Ayuntamiento De Colmenar
PSOE-A2019–2023| Salario bruto mensual | 2861,83 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 34.342,00 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana José Martín García?
José Martín García percibe un sueldo bruto anual de 38.878 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Colmenar en Ayuntamiento De Colmenar. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra José Martín García al mes?
José Martín García percibe 2777 € brutos al mes, equivalentes a 38.878 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de José Martín García?
El sueldo bruto anual de José Martín García (38.878 €) equivale a 2,3 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es José Martín García?
José Martín García está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente José Martín García?
José Martín García ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Colmenar en Ayuntamiento De Colmenar (Andalucía).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .