Jose Miguel Alonso Pumar
Alcalde Del Ayuntamiento De Cariño · PSOE
Cuánto gana Jose Miguel Alonso Pumar: percibe 41.219 € brutos al año (3435 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de cariño en Ayuntamiento De Cariño.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Cariño
- Institución
- Ayuntamiento De Cariño
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Galicia
- Municipio
- Cariño
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 17.838 € más al año que la media de alcaldes (176 %).
Sueldo y retribuciones de Jose Miguel Alonso Pumar
Alcalde Del Ayuntamiento De Cariño
PSdeG-PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 3434,88 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 41.218,52 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Cariño
PSdeG-PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 3434,88 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 41.218,52 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Jose Miguel Alonso Pumar?
Jose Miguel Alonso Pumar percibe un sueldo bruto anual de 41.219 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Cariño en Ayuntamiento De Cariño. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Jose Miguel Alonso Pumar al mes?
Jose Miguel Alonso Pumar percibe 3435 € brutos al mes, equivalentes a 41.219 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Jose Miguel Alonso Pumar?
El sueldo bruto anual de Jose Miguel Alonso Pumar (41.219 €) equivale a 2,4 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Jose Miguel Alonso Pumar?
Jose Miguel Alonso Pumar está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Jose Miguel Alonso Pumar?
Jose Miguel Alonso Pumar ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Cariño en Ayuntamiento De Cariño (Galicia).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .