Jose Miguel Benitez Moreno
Alcalde Del Ayuntamiento De Quer · Partido Popular
Cuánto gana Jose Miguel Benitez Moreno: percibe 7898 € brutos al año en 2026 como alcalde del ayuntamiento de quer en Ayuntamiento De Quer.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Quer
- Institución
- Ayuntamiento De Quer
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Castilla-La Mancha
- Municipio
- Quer
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 15.482 € menos al año que la media de alcaldes (34 %).
Sueldo y retribuciones de Jose Miguel Benitez Moreno
Alcalde Del Ayuntamiento De Quer
PPEn activo| Salario bruto mensual | 0,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 7897,68 € |
El Ayuntamiento no ha remitido información sobre las retribuciones en el año 2024 (ISPA 2025). El salario mostrado se corresponde al remitido por el municipio en el ISPA 2024.
Alcalde Del Ayuntamiento De Quer
PP2019–2023| Salario bruto mensual | 1046,68 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 12.560,11 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Jose Miguel Benitez Moreno?
Jose Miguel Benitez Moreno percibe un sueldo bruto anual de 7898 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Quer en Ayuntamiento De Quer. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Jose Miguel Benitez Moreno?
El sueldo bruto anual de Jose Miguel Benitez Moreno (7898 €) equivale a 0,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Jose Miguel Benitez Moreno?
Jose Miguel Benitez Moreno está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Jose Miguel Benitez Moreno?
Jose Miguel Benitez Moreno ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Quer en Ayuntamiento De Quer (Castilla-La Mancha).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .