José Moisés Arcos Privado
Alcalde Del Ayuntamiento De Alcoba · PSOE
Cuánto gana José Moisés Arcos Privado: percibe 80 € brutos al año (6 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de alcoba en Ayuntamiento De Alcoba.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Alcoba
- Institución
- Ayuntamiento De Alcoba
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Castilla-La Mancha
- Municipio
- Alcoba
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 23.300 € menos al año que la media de alcaldes (0 %).
Sueldo y retribuciones de José Moisés Arcos Privado
Alcalde Del Ayuntamiento De Alcoba
PSOEInactivo| Salario bruto mensual | 5,71 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 80,00 € |
| Dietas | 80,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Alcoba
PSOEInactivo| Salario bruto mensual | 5,71 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 80,00 € |
| Dietas | 80,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana José Moisés Arcos Privado?
José Moisés Arcos Privado percibe un sueldo bruto anual de 80 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Alcoba en Ayuntamiento De Alcoba. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra José Moisés Arcos Privado al mes?
José Moisés Arcos Privado percibe 6 € brutos al mes, equivalentes a 80 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de José Moisés Arcos Privado?
El sueldo bruto anual de José Moisés Arcos Privado (80 €) equivale a 0,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es José Moisés Arcos Privado?
José Moisés Arcos Privado está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente José Moisés Arcos Privado?
José Moisés Arcos Privado ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Alcoba en Ayuntamiento De Alcoba (Castilla-La Mancha).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .