José Ortega Rodríguez
Alcalde Del Ayuntamiento De Sasamón · Partido Popular
Cuánto gana José Ortega Rodríguez: percibe 11.852 € brutos al año (847 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de sasamón en Ayuntamiento De Sasamón.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Sasamón
- Institución
- Ayuntamiento De Sasamón
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Castilla y León
- Municipio
- Sasamón
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 11.528 € menos al año que la media de alcaldes (51 %).
Sueldo y retribuciones de José Ortega Rodríguez
Alcalde Del Ayuntamiento De Sasamón
Partido PopularInactivo| Salario bruto mensual | 846,59 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 11.852,27 € |
Dedicación Parcial
Alcalde Del Ayuntamiento De Sasamón
Partido PopularInactivo| Salario bruto mensual | 846,59 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 11.852,27 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana José Ortega Rodríguez?
José Ortega Rodríguez percibe un sueldo bruto anual de 11.852 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Sasamón en Ayuntamiento De Sasamón. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra José Ortega Rodríguez al mes?
José Ortega Rodríguez percibe 847 € brutos al mes, equivalentes a 11.852 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de José Ortega Rodríguez?
El sueldo bruto anual de José Ortega Rodríguez (11.852 €) equivale a 0,7 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es José Ortega Rodríguez?
José Ortega Rodríguez está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente José Ortega Rodríguez?
José Ortega Rodríguez ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Sasamón en Ayuntamiento De Sasamón (Castilla y León).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .