José Prieto González
Alcalde Del Ayuntamiento De Ledesma · Partido Popular
Cuánto gana José Prieto González: percibe 7200 € brutos al año (514 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de ledesma en Ayuntamiento De Ledesma.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Ledesma
- Institución
- Ayuntamiento De Ledesma
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Castilla y León
- Municipio
- Ledesma
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 16.180 € menos al año que la media de alcaldes (31 %).
Sueldo y retribuciones de José Prieto González
Alcalde Del Ayuntamiento De Ledesma
Partido PopularInactivo| Salario bruto mensual | 514,29 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 7200,00 € |
| Dietas | 7200,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Ledesma
Partido PopularInactivo| Salario bruto mensual | 514,29 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 7200,00 € |
| Dietas | 7200,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana José Prieto González?
José Prieto González percibe un sueldo bruto anual de 7200 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Ledesma en Ayuntamiento De Ledesma. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra José Prieto González al mes?
José Prieto González percibe 514 € brutos al mes, equivalentes a 7200 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de José Prieto González?
El sueldo bruto anual de José Prieto González (7200 €) equivale a 0,4 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es José Prieto González?
José Prieto González está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente José Prieto González?
José Prieto González ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Ledesma en Ayuntamiento De Ledesma (Castilla y León).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .