José Ramón Feito Lorences
Alcalde Del Ayuntamiento De Tineo · PSOE
Cuánto gana José Ramón Feito Lorences: percibe 45.000 € brutos al año (3750 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de tineo en Ayuntamiento De Tineo.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Tineo
- Institución
- Ayuntamiento De Tineo
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Asturias
- Municipio
- Tineo
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 21.620 € más al año que la media de alcaldes (192 %).
Sueldo y retribuciones de José Ramón Feito Lorences
Alcalde Del Ayuntamiento De Tineo
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 3750,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 45.000,00 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Tineo
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 3750,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 45.000,00 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana José Ramón Feito Lorences?
José Ramón Feito Lorences percibe un sueldo bruto anual de 45.000 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Tineo en Ayuntamiento De Tineo. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra José Ramón Feito Lorences al mes?
José Ramón Feito Lorences percibe 3750 € brutos al mes, equivalentes a 45.000 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de José Ramón Feito Lorences?
El sueldo bruto anual de José Ramón Feito Lorences (45.000 €) equivale a 2,6 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es José Ramón Feito Lorences?
José Ramón Feito Lorences está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente José Ramón Feito Lorences?
José Ramón Feito Lorences ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Tineo en Ayuntamiento De Tineo (Asturias).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .