Joseba Goicouria Zárraga
Alcalde Del Ayuntamiento De Erandio · PNV
Cuánto gana Joseba Goicouria Zárraga: percibe 74.165 € brutos al año (5297 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de erandio en Ayuntamiento De Erandio.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Erandio
- Institución
- Ayuntamiento De Erandio
- Partido
- PNV
- Comunidad
- País Vasco
- Municipio
- Erandio
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 50.784 € más al año que la media de alcaldes (317 %).
Sueldo y retribuciones de Joseba Goicouria Zárraga
Alcalde Del Ayuntamiento De Erandio
EAJ-PNVHasta 2019| Salario bruto mensual | 5297,47 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 74.164,58 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Erandio
EAJ-PNVHasta 2019| Salario bruto mensual | 5297,47 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 74.164,58 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Joseba Goicouria Zárraga?
Joseba Goicouria Zárraga percibe un sueldo bruto anual de 74.165 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Erandio en Ayuntamiento De Erandio. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Joseba Goicouria Zárraga al mes?
Joseba Goicouria Zárraga percibe 5297 € brutos al mes, equivalentes a 74.165 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Joseba Goicouria Zárraga?
El sueldo bruto anual de Joseba Goicouria Zárraga (74.165 €) equivale a 4,3 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Joseba Goicouria Zárraga?
Joseba Goicouria Zárraga está afiliado o vinculado a PNV.
¿Qué cargo tiene actualmente Joseba Goicouria Zárraga?
Joseba Goicouria Zárraga ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Erandio en Ayuntamiento De Erandio (País Vasco).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .