Joseba Vivanco Retes
Alcalde Del Ayuntamiento De Artziniega · EH Bildu
Cuánto gana Joseba Vivanco Retes: percibe 32.766 € brutos al año (2340 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de artziniega en Ayuntamiento De Artziniega.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Artziniega
- Institución
- Ayuntamiento De Artziniega
- Partido
- EH Bildu
- Comunidad
- País Vasco
- Municipio
- Artziniega
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 9385 € más al año que la media de alcaldes (140 %).
Sueldo y retribuciones de Joseba Vivanco Retes
Alcalde Del Ayuntamiento De Artziniega
EH BilduEn activo| Salario bruto mensual | 2340,40 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 32.765,63 € |
Alcalde Del Ayuntamiento De Artziniega
EH Bildu2019–2023| Salario bruto mensual | 2487,20 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 29.846,35 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Joseba Vivanco Retes?
Joseba Vivanco Retes percibe un sueldo bruto anual de 32.766 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Artziniega en Ayuntamiento De Artziniega. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Joseba Vivanco Retes al mes?
Joseba Vivanco Retes percibe 2340 € brutos al mes, equivalentes a 32.766 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Joseba Vivanco Retes?
El sueldo bruto anual de Joseba Vivanco Retes (32.766 €) equivale a 1,9 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Joseba Vivanco Retes?
Joseba Vivanco Retes está afiliado o vinculado a EH Bildu.
¿Qué cargo tiene actualmente Joseba Vivanco Retes?
Joseba Vivanco Retes ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Artziniega en Ayuntamiento De Artziniega (País Vasco).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .