Josep Lluís Cusidó Prats
Alcalde Del Ayuntamiento De Vallmoll · PSOE
Cuánto gana Josep Lluís Cusidó Prats: percibe 11.718 € brutos al año (837 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de vallmoll en Ayuntamiento De Vallmoll.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Vallmoll
- Institución
- Ayuntamiento De Vallmoll
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Cataluña
- Municipio
- Vallmoll
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 11.662 € menos al año que la media de alcaldes (50 %).
Sueldo y retribuciones de Josep Lluís Cusidó Prats
Alcalde Del Ayuntamiento De Vallmoll
PSC-CPEn activo| Salario bruto mensual | 837,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 11.718,00 € |
Alcalde Del Ayuntamiento De Vallmoll
PSC-CP2019–2023| Salario bruto mensual | 1110,96 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 13.331,50 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Josep Lluís Cusidó Prats?
Josep Lluís Cusidó Prats percibe un sueldo bruto anual de 11.718 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Vallmoll en Ayuntamiento De Vallmoll. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Josep Lluís Cusidó Prats al mes?
Josep Lluís Cusidó Prats percibe 837 € brutos al mes, equivalentes a 11.718 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Josep Lluís Cusidó Prats?
El sueldo bruto anual de Josep Lluís Cusidó Prats (11.718 €) equivale a 0,7 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Josep Lluís Cusidó Prats?
Josep Lluís Cusidó Prats está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Josep Lluís Cusidó Prats?
Josep Lluís Cusidó Prats ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Vallmoll en Ayuntamiento De Vallmoll (Cataluña).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .