Foto de Josep Monras Galindo
Cargo histórico

Josep Monras Galindo

Alcalde Del Ayuntamiento De Mollet Del Vallès · PSOE

Cuánto gana Josep Monras Galindo: percibe 58.990 € brutos al año (4214 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de mollet del vallès en Ayuntamiento De Mollet Del Vallès.

Sueldo bruto anual58.990 €
Mensual4214 €
Su sueldo equivale a 2,0 veces el salario medio bruto anual en España.Salario medio: 29.540 € brutos/año (INE, año 2024).
+152%vs media de alcaldes+47%vs media en Cataluña
El sueldo, en perspectiva

Cobra 3,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional

Equivale a 3,5 veces el SMI.

Directivos y gerentes59,5 mil €Sueldo de Josep59 mil €Técnicos y profesionales39,4 mil €Hostelería y servicios19 mil €Salario Mínimo (2026)17,1 mil €Ocupaciones elementales17 mil €

Fuentes: INE — Encuesta Anual de Estructura Salarial (datos 2024); INE — Encuesta de Estructura Salarial (grupos profesionales, datos 2022); BOE — Salario Mínimo Interprofesional 2026.

¿A cuántos trabajadores equivale su sueldo?

Lo que Josep Monras Galindo cobra en un año equivale al salario bruto anual de:

  • 1,5Técnicos y profesionales(39.356 €/año cada uno)
  • 1,8Técnicos de apoyo(31.900 €/año cada uno)
  • 2,4Operadores de maquinaria y conductores(24.793 €/año cada uno)
  • 2,4Industria y construcción cualificada(24.318 €/año cada uno)
  • 2,4Empleados administrativos(24.198 €/año cada uno)
  • 2,8Agricultura y pesca(21.383 €/año cada uno)
  • 3,1Hostelería y servicios(18.993 €/año cada uno)
  • 3,5Ocupaciones elementales(17.017 €/año cada uno)
Cargo
Alcalde Del Ayuntamiento De Mollet Del Vallès
Institución
Ayuntamiento De Mollet Del Vallès
Partido
PSOE
Comunidad
Cataluña
Municipio
Mollet Del Vallès

¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.

Sueldo de Josep Monras Galindo vs media de alcaldes
Josep Monras Galindo58.990 €
Media de alcaldes23.380 €

Cobra 35.610 € más al año que la media de alcaldes (252 %).

Sueldo y retribuciones de Josep Monras Galindo

0 €20 mil €40 mil €60 mil €201820192020202120222023202420252026

Alcalde Del Ayuntamiento De Mollet Del Vallès

PSC-CPDesde 2020
Salario bruto mensual4213,57 €
Salario bruto anual58.989,98 €

Dedicación Exclusiva

Alcalde Del Ayuntamiento De Mollet Del Vallès

PSC-CPDesde 2020
Salario bruto mensual4213,57 €
Salario bruto anual58.989,98 €

Dedicación Exclusiva

Alcalde Del Ayuntamiento De Mollet Del Vallès

PSC-CPDesde 2019
Salario bruto mensual4213,57 €
Salario bruto anual58.990,00 €

Alcalde Del Ayuntamiento De Mollet Del Vallès

PSC-CP2019–2020
Salario bruto mensual3844,88 €
Salario bruto anual53.828,36 €

Dedicación Exclusiva

Alcalde Del Ayuntamiento De Mollet Del Vallès

PSC-CPHasta 2019
Salario bruto mensual4213,57 €
Salario bruto anual58.990,00 €

Dedicación Exclusiva

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto gana Josep Monras Galindo?

Josep Monras Galindo percibe un sueldo bruto anual de 58.990 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Mollet Del Vallès en Ayuntamiento De Mollet Del Vallès. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.

¿Cuánto cobra Josep Monras Galindo al mes?

Josep Monras Galindo percibe 4214 € brutos al mes, equivalentes a 58.990 € brutos anuales en 2026.

¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Josep Monras Galindo?

El sueldo bruto anual de Josep Monras Galindo (58.990 €) equivale a 3,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).

¿De qué partido es Josep Monras Galindo?

Josep Monras Galindo está afiliado o vinculado a PSOE.

¿Qué cargo tiene actualmente Josep Monras Galindo?

Josep Monras Galindo ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Mollet Del Vallès en Ayuntamiento De Mollet Del Vallès (Cataluña).

Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .