Josep Roncero Pallares
Alcalde Del Ayuntamiento De Freginals · CiU
Cuánto gana Josep Roncero Pallares: percibe 1936 € brutos al año (138 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de freginals en Ayuntamiento De Freginals.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Freginals
- Institución
- Ayuntamiento De Freginals
- Partido
- CiU
- Comunidad
- Cataluña
- Municipio
- Freginals
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 21.444 € menos al año que la media de alcaldes (8 %).
Sueldo y retribuciones de Josep Roncero Pallares
Alcalde Del Ayuntamiento De Freginals
CiUInactivo| Salario bruto mensual | 138,30 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 1936,22 € |
| Dietas | 1936,22 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Freginals
CiUInactivo| Salario bruto mensual | 138,30 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 1936,22 € |
| Dietas | 1936,22 € |
Sin dedicación
Otros alcaldes en Cataluña
Ver todos →Comparar a Josep Roncero Pallares con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿Cuánto gana Josep Roncero Pallares?
Josep Roncero Pallares percibe un sueldo bruto anual de 1936 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Freginals en Ayuntamiento De Freginals. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Josep Roncero Pallares al mes?
Josep Roncero Pallares percibe 138 € brutos al mes, equivalentes a 1936 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Josep Roncero Pallares?
El sueldo bruto anual de Josep Roncero Pallares (1936 €) equivale a 0,1 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Josep Roncero Pallares?
Josep Roncero Pallares está afiliado o vinculado a CiU.
¿Qué cargo tiene actualmente Josep Roncero Pallares?
Josep Roncero Pallares ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Freginals en Ayuntamiento De Freginals (Cataluña).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .